Micelio

Artículo 25

A Estos Comandantes Les Corresponde La Instrucción Directa De La Unidad Fundamental; La Formación Del Carácter De Sus Oficiales Y Suboficiales, Especialmente En Cuanto A Puntualidad Y Exacto Cumplimiento De Los Reglamentos Y Al Desarrollo De Sus Aptitudes De Trabajo, Manteniéndolos En Constante Ocupación; La Instrucción De Oficiales Como De Suboficiales Y Soldados En Todos Los Ramos Del Servicio Interno Y Práctico

Decreto 1228 de 1927 · Por el cual se reglamenta la organización del Ejército.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A estos Comandantes les corresponde la instrucción directa de la Unidad fundamental; la formación del carácter de sus Oficiales y Suboficiales, especialmente en cuanto a puntualidad y exacto cumplimiento de los Reglamentos y al desarrollo de sus aptitudes de trabajo, manteniéndolos en constante ocupación; la instrucción de Oficiales como de Suboficiales y Soldados en todos los ramos del servicio interno y práctico. Tendrán a su cuidado la conservación y el buen estado de los elementos y materiales que pertenezcan a la Unidad de su mando. Dirigirán de preferencia el régimen disciplinario de su tropa y en las horas apropiadas harán personalmente instrucción teórica a los Suboficiales y soldados de su Unidad; pues así como los Comandantes de Cuerpo son responsables de la instrucción de sus Oficiales, éstos lo son de la de los Suboficiales y soldados. Les corresponde la dirección de la instrucción de los soldados antiguos y reclutas, bajo su vigilancia, y según sus disposiciones, lo mismo que la supervigilancia constante y directa sobre la administración y servicio interno de su Unidad. Nombrarán los Suboficiales, sometiendo los nombramientos a la aprobación del Comandante de Cuerpo, por conducto del Comandante de Batallón o Grupo, si lo hubiere. CAPITULO VI Oficiales Inferiores.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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