Micelio

Artículo 1.2.4.2.86

Retenciones En La Fuente A Sociedades Fiduciarias Por Concepto De Rendimientos Financieros Sobre Títulos Con Descuentos

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Retenciones en la fuente a sociedades fiduciarias por concepto de rendimientos financieros sobre títulos con descuentos. Cuando el rendimiento corresponda a descuentos sobre los cuales se hubiere hecho retención en la fuente a la sociedad fiduciaria, esta deberá trasladar al beneficiario del descuento la retención correspondiente. Cuando sobre el descuento no se hubiere hecho retención en la fuente a la sociedad fiduciaria, esta deberá efectuar la retención aplicando para ello los porcentajes vigentes.

(Artículo 10, Decreto 2026 de 1983. Literal a) derogado por el artículo 3° del Decreto 3715/86. Literales b) y c) derogados tácitamente por el Decreto 700/97, artículos 4° y 24. La expresión “indicados en el artículo 2° de este decreto” tiene decaimiento en virtud de la derogada tácita de este artículo por el artículo 3° del Decreto 2775 de 1983) (Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto 2026 de 1983, este último rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el Decreto 1663 de 1983 y demás disposiciones que le sean contrarias. Artículo 25, Decreto 2026 de 1983)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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