Artículo séptimo. La Comisión gozará de franquicia telegráfica y postal, y tendrá libre acceso a las oficinas y archivos oficiales en busca de información para sus temas de estudio.
Decreto 1635 de 1959 →Vigente
Artículo 7
Decreto 1635 de 1959 · Por el cual se crea una comisión Revisora de los Códigos Penal y de Procedimiento Penal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.