ARTICULO 44. División de Supervisión y Control . Conforme a las políticas e instrucciones del Subsecretario de Comercialización, son funciones de la División de Supervisión y Control, las siguientes
Controlar, orientar y supervisar la gestión de enajenación y de los sistemas de almacenamiento de las mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Nación y que se encuentren a cargo de las Administraciones;
Supervisar las operaciones comerciales, rendir los informes respectivos, proponer los correctivos que sean del caso y controlar su implementación;
Diseñar e implementar procedimientos para el ingreso, almacenamiento y salida de mercancías aprehendidas, decomisadas o abandonadas;
Crear y administrar un sistema de información y control para soportar los procesos de administración y enajenación de las mercancías, revisarlo periódicamente e implementarlo con las Administraciones; y
Las demás que le asigne el Subsecretario de Comercialización.