Desarrollo De Pequeños Aprovechamientos Hidroeléctricos
Ley 1715 de 2014 · por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
1.
La energía de pequeños aprovechamientos hidroeléctricos será considerada como FNCER.
2.
El Ministerio de Minas y Energía, a través de las entidades adscritas competentes continuará promocionando su desarrollo como solución energética.
3.
El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible promoverá la gestión y el manejo integral y sostenible del recurso hídrico de las cuencas hidrográficas del país.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.