El Director General podrá imponer multas de diez a quinientos pesos ($10 a $500) a los empleados o particulares que desobedezcan sus órdenes legales. Estas multas serán apelables para ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Ley 43 de 1931 →Vigente
Artículo 9
Ley 43 de 1931 · Sobre administración y recaudación de rentas nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.