° El Banco de la República podrá imputar a la Cuenta Especial de Cambios los gastos que ocasiones las prestaciones de que trata este Decreto, para lo cual, y con cargo a la cuenta mencionada, podrá hacer mensualmente las reservas correspondientes. Estas reservas podrán ser administradas por el Fondo de Recompensas y Jubilaciones del Banco de la República, con autorización de la Junta Directiva.
Decreto 1813 de 1949 →Vigente
Artículo 3
El Banco De La República Podrá Imputar A La Cuenta Especial De Cambios Los Gastos Que Ocasiones Las Prestaciones De Que Trata Este Decreto, Para Lo Cual, Y Con Cargo A La Cuenta Mencionada, Podrá Hacer Mensualmente Las Reservas Correspondientes
Decreto 1813 de 1949 · por el cual se dan unas autorizaciones al Banco de la República.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.