Micelio

Artículo 1

Ley 36 de 1915 · Por la cual se ordena la mejora del puerto de Tumaco y se reforma la Ley 77 de 1912

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Tan pronto como la Nación esté en capacidad de acometer cierta clase de obras públicas procederá a adaptar la bahía de Tumaco para recibir vapores de alto bordo

Parágrafo

Las obras que deben verificarse para el conveniente arreglo de este puerto, serán análogas a las detalladas en el artículo 3.° de la Ley 77 de 1912 , pero el Gobierno podrá hacer en ellas las adiciones o cambios que sean del caso, según lo que resulte del estudio científico que previamente debe practicarse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 36 de 1915