° Tan pronto como la Nación esté en capacidad de acometer cierta clase de obras públicas procederá a adaptar la bahía de Tumaco para recibir vapores de alto bordo
Las obras que deben verificarse para el conveniente arreglo de este puerto, serán análogas a las detalladas en el artículo 3.° de la Ley 77 de 1912 , pero el Gobierno podrá hacer en ellas las adiciones o cambios que sean del caso, según lo que resulte del estudio científico que previamente debe practicarse.