Los gastos generales se definen de la siguiente manera
Compra de equipo . Adquisición de bienes de consumo duradero para el funcionamiento de los organismos del Estado que deben inventariarse y no están destinados a la producción de otros bienes y servicios, como muebles y enseres; equipos de oficina, cafetería, mecánico y automotor; armamento y dotación.
Materiales y suministros . Adquisición de bienes de consumo final para el funcionamiento de la entidad, que por el uso normal que de ellos se hace no pueden volver a emplearse ni son objeto de devolución, como papel y útiles de escritorio, insumos automotores, con excepción de repuestos; elementos de aseo y cafetería, vestuario de trabajo; drogas y elementos desechables de laboratorio y uso médico y demás elementos necesarios para la salud pública y campañas agrícolas y educativas y gastos funerarios, cuando exista autorización legal para ello. Incluye los servicios médicos y hospitalarios de las entidades de la Policía Nacional y las Fuerzas Militares.
Mantenimiento y seguros . Conservación, reparación y reforma de bienes muebles e inmuebles y adquisición de repuestos y accesorios para equipes de oficina y mecánico; pago de primas de seguros, comprendidas las, pólizas de manejo y cumplimiento y su reintegro. Incluye los servicios de vigilancia.
Impresos y publicaciones. Edición de formas, escritos, publicaciones y libros, trabajos,tipográficos, sellos, suscripciones, adquisición de libros y pago de avisos.
Servicios públicos . Erogaciones por concepto de acueducto, alcantarillado, recolección de basuras, energía y teléfono, cualquiera que sea el año de su causación.
Comunicaciones y transporte . Pagos por concepto de mensajería, correos, teIégrafos y otros medios de comunicación y alquiler de líneas; embalaje y acarreos de elementos. Así mismo, el transporte colectivo de los funcionarios de la entidad.
Gastos de viaje . Pago por concepto de pasajes y transporte de los empleados públicos y, según lo contratado, de los trabajadores oficiales de la respectiva entidad y del personal de la Policía Nacional y las Fuerzas Militares a su servicio cuando, previo acto administrativo, deben desempeñar funciones en lugar diferente a la sede habitual de su trabajo. Incluye los gastos de traslado para los empleados públicos y sus familias cuando haya lugar a ello y, según lo contratado, para los trabajadores oficiales. No podrán imputarse a este rubro los gastos correspondientes a la movilización dentro del perímetro urbano de cada ciudad.
Arrendamientos . 1 Alquiler de muebles e inmuebles para el adecuado funcionamiento de la entidad. Incluye el pago de garajes.
Impuestos, tasas y multas . Erogaciones que legalmente deba hacer la entidad por estos conceptos. Incluye estampillas de timbre nacional y" gastos notariales y de registro. Se exceptúan las contribuciones a la Contraloría General de la República.
Pólizas d e manejo . Pago de la póliza de manejo, o reintegro al asegurado del 'calor de la prima de seguro, por constitución o renovación de las fianzas de manejo y cumplimiento, exigidas por la ley 1. para el desempeño de determinados cargos.
Sostenimiento de embajadas y consulados . Erogaciones por concepto de papelería y útiles de escritorio, agua, luz, teléfono; elementos de aseo y cafetería; servicio de vigilancia, reparaciones locativas; mantenimiento de máquinas y demás gastos afines, que resulten necesarios para el normal funcionamiento de las embajadas y consulados.
Sostenimiento de semovientes . Gastos destinados a la alimentación, sanidad, arneses, herraje y atalaje y compra de animales.
Gastos imprevistos . Erogaciones excepcionales de carácter eventual o fortuito de inaplazable e imprescindible realización para eI funcionamiento de la entidad. No podrán imputarse a este rubro gastos suntuarios o correspondientes a conceptos ya definidos en este decreto, vigencias expiradas, erogaciones periódicas o permanentes, ni utilizarse para completar partidas insuficientes. La afectación de este rubro requiere resolución motivada suscrita por el Director o Gerente de la respectiva entidad.