Presidente . Son funciones del Presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones, Colpensiones, además de las que se establezcan en los estatutos y en las normas legales y reglamentarias, las siguientes
Ejercer la representación legal de la Empresa y constituir apoderados especiales para la representación judicial y administrativa.
Desarrollar y controlar el cumplimiento de las decisiones y acuerdos de la Junta Directiva, ejecutarlas y rendir los informes que le sean solicitados.
Adoptar las medidas necesarias para la administración de los Beneficios Económicos Periódicos, teniendo en cuenta las disposiciones aplicables y las políticas y directrices dictadas por la Junta Directiva.
Someter a consideración y aprobación de la Junta Directiva los anteproyectos anuales de presupuesto, como también los proyectos de adición y traslados presupuestales con arreglo a las disposiciones orgánicas y reglamentarias sobre la materia.
Someter a consideración y aprobación de la Junta Directiva las operaciones de crédito de conformidad con las normas legales vigentes.
Realizar la ejecución presupuestal, comprometer y ordenar el gasto, elaborar los actos que la representación legal obligue, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la Empresa.
Presentar a consideración de la Junta Directiva los planes, programas, proyectos y manuales que debe desarrollar la Empresa.
Presentar a consideración de la Junta Directiva, para su aprobación, los estados financieros.
Nombrar, posesionar, distribuir y remover a los empleados públicos de la Empresa y, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias y con las políticas y reglas generales de la Junta Directiva, vincular a los trabajadores oficiales, suscribir los contratos laborales y darlos por terminados de acuerdo con las normas vigentes.
Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones propias de la organización y de su personal.
Proponer a la Junta Directiva la apertura o cierre de Gerencias Departamentales y del Distrito Capital, como también de la apertura o cierre de sucursales y de agencias que operen en esas gerencias.
Rendir los informes solicitados por las entidades de inspección, control y vigilancia y las demás autoridades a las que se les debe reportar información.
Garantizar el ejercicio del control interno de gestión y propender por el mejoramiento institucional.
Dirigir las políticas de control de lavado de activos y nombrar de entre los funcionarios del nivel asesor, al Oficial de Cumplimiento y su suplente, quienes se posesionarán y cumplirán sus funciones, conforme lo establecido por el Decreto-ley 663 de 1993 (Estatuto Orgánico del Sistema Financiero), los reglamentos y las demás normas que los modifiquen o adicionen.
Expedir los actos que requiera la administración interna de la institución.
Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios contra los servidores y ex servidores públicos de la Empresa, tendientes al esclarecimiento de las conductas que puedan constituir faltas disciplinarias, sin perjuicio de la competencia preferente de la Procuraduría General de la Nación.
Diseñar el Manual de Riesgo Operativo y someterlo a aprobación de la Junta Directiva.
Desarrollar las gestiones y funciones asignadas por las normas legales y reglamentarias, relacionadas con la administración del riesgo operativo y nombrar, de entre los funcionarios del nivel asesor, a las personas encargadas del reporte y cumplimiento de esas funciones.
Dirigir las acciones encaminadas a la atención de los riesgos de mercado e indicar los funcionarios que realizarán estas labores en las diferentes dependencias de la empresa.
Presentar y recomendar a la Junta Directiva para su aprobación u objeción, los candidatos a ocupar empleos del Nivel Directivo de la Empresa seleccionados a través de procesos de selección externos.
Evaluar y aceptar cesiones o subrogaciones con entidades públicas.
Expedir los actos administrativos y ejercer las funciones que no hayan sido asignados expresamente a otra autoridad de la Empresa.
Las demás que le señalen las normas legales, los reglamentos y los estatutos, relacionadas con las funciones y objetivos generales de la Empresa.