º. El Consejero Presidencial para la Seguridad y la Defensa Nacional, en coordinación con los organismos de seguridad del Estado hará la distribución de los vehículos siguiendo el criterio de mayor o menor riesgo a que se hallen expuestos los funcionarios.
Decreto 2243 de 1996 →Vigente
Artículo 2
El Consejero Presidencial Para La Seguridad Y La Defensa Nacional, En Coordinación Con Los Organismos De Seguridad Del Estado Hará La Distribución De Los Vehículos Siguiendo El Criterio De Mayor O Menor Riesgo A Que Se Hallen Expuestos Los Funcionarios
Decreto 2243 de 1996 · por el cual se asignan unas funciones a la Consejería Presidencial para la Defensa y la Seguridad Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.