Micelio

Artículo 6

Ley 41 de 1915 · Por la cual se organiza la Policía Nacional y se le señalan sus atribuciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las Divisiones y Subdivisiones del Cuerpo de Vigilancia y Seguridad, estarán a cargo de Comisarios Jefes de las Circunscripciones, según las clases y grados que establezcan los reglamentos, y constara de un número de Agentes que las circunstancias de cada localidad requieran; las Secciones numéricas de la Guardia Civil estarán a cargo de Comisarios primeros y segundos Jefes y Gendarmes de primera y segunda clases; el Cuerpo de Policía Judicial será atendido por un Prefecto de Policía, por los Jefes y Comisarios de Investigación, Inspectores de Permanencia y Auxiliares de Seguridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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