Cuando por resolucion definitiva se ordene la devolucion de multas Impuestas y que no han sido confirmadas, tal devolucion se hará con los fondos de la misma caja a la cual ingreso el valor de la multa. Este Artículo es aplicable a los casos de la multa confirmadas y cuyo valor no hayan sido devueltos cuando esta Ley entre a regir.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.