En sus actuales sesiones extraordinarias las Cámaras legislativas se ocuparán, además de los enumerados en los Decretos 3314, 3338 y 3385 de 1962, de los siguientes asuntos:
. Ascensos militares;
. Proyectos de ley:
"Por la cual se aprueba el instrumento de enmienda a la constitución de la Organización Internacional del Trabajo, adoptada por la Conferencia en su cuadragésimasexta reunión. Ginebra, 22 de junio de 1962".
2."Por la cual se aprueba el Convenio sobre Bienes de Atemanes, firmado en Bogotá el 4 de agosto de 1962", que presentará el Gobierno.
3."Por la cual se aprueba el Convenio Multilateral sobre Asociación de Academias de la Lengua 'Española, firmado en Bogotá el 28 de julio de 1060". que presentará el Gobierno.
"Por la cual se organiza la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, y se dictan otras disposiciones"
"Sobre; Código de. Comercio".
"Por la cual se reglamenta la profesión de Abogado".
"Sobre emisión de moneda fraccionaria".
"Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre el Banco Popular".
"Por la cual se crea el Fondo Nacional de Desarrollo Ganadero, y 'se dictan otras disposiciones".
10."Por la cual se reorganiza el Instituto Nacional de Nutrición como Instituto Tecnológico de la Administración Pública".
"Por la cual se autoriza al Gobierno para la elaboración del Plan Hospitalario".
"Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre sociedades comerciales".
"Por 1a cual se dicta una norma excepcional para el caso de los trabajadores afectados por la tuberculosis, y se reforma el artículo 277 del Código Sustantivo del Trabajo".
"Por la cual se establece un régimen especial de concesiones".
. Los demás negocios que en el curso de las sesiones extraordinarias recomiende o presente el Gobierno a la consideración del Congreso.