Micelio

Artículo 1

Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Gobierno Capítulo 3° Del Artículo 26

Decreto 1563 de 1950 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO Capítulo 3° Del artículo 26. Para atender al pago de cuentas pendientes de toda clase, correspondientes a deudas de vigencias anteriores $ 5.000.00 Suman los contracréditos $ 5.000.00 Capítulo 3° Al artículo 17. Para viáticos y gastos de transporte de los empleados del Ministerio de Gobierno, cuando viajen en comisiones'oficiales, en el año $ 3.000.00 Al artículo 18. Para combustibles, servicio de lubricación repuestos, aseguro y reparación de los automóviles que prestan servicio al Ministerio de Gobierno, inclusive uniformes para Choferes y otros gastos inherentes al mismo servicio, en el año 2.000.00 Suman los créditos $ 5.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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