Micelio

Artículo 2

Ley 40 de 1931 · Por la cual se legalizan varios pagos correspondientes a los presupuestos de 1927 a 1929, en el Ministerio de Correos y Telégrafos, en el de Hacienda y Crédito Público, en el de Guerra, y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Legalízanse los siguientes créditos, efectuados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Por saldo de intereses pagados de bonos colombianos de deuda interna del 8por 100 anual, correspondientes a la vigencia de 1929$ 761,788 98Por intereses cobrados por The National Bank of Commerce of New York y su sucesor el Guaranty Trust Company of New York, sobre el empréstito de $ 2.000.000 en forma de "crédito flotante." Según contrato del 19 de abril de 1929 (cláusula 2), vigencia de 1929.193.902 94Por saldo del valor de bonos colombianos de deuda interna (fomento de la agricultura), amortizados en la vigencia de 192878 46Por valor de intereses cobrados por Lazard Bros. & Co. Ltd. ,de Londres, sobre sumas prestadas al Gobierno Nacional, acorto plazo, así:En la vigencia de 192972,447 89En la vigencia de 193083,069 34155,517 75Por valor de intereses pagados al Banco de la República, sobre sumas prestadas al Gobierno Nacional, a corto plazo, asíEn la vigencia de 192951,333 29En la vigencia de 193067,083 34118,416 63Por comisión cobrada por el Banco de la República, tres octavos por ciento( none por 100), £ 25,000 ($ 125.000), por su intervención en el pago de la deuda externa (Lazard Bros & Co.) en el mes de diciembre de 1929468 75Por saldo de amortización de bonos colombianos de deuda interna (empréstito de Bocas de Ceniza), correspondiente al año de 19265, 500Por saldo del valor de certificados provisionales de bonos colombianos de deuda interna del diez por ciento (10 por 100) anual (empréstito de Bocas de Ceniza), recogidos en el mes de marzo de 1929, por la Aduana de Barranquilla684 66Por saldo del valor de libranzas de la Baidwin Locomotive Works, recogidos por la Tesorería en el año de 192738, 581 25Comisarios del empréstito de 1906, cinco por ciento (5 por 100) (Ferrocarril de la Sabana), por servicios prestados hasta el 1º de diciembre de 1929$ 525Por valor de un cablegrama dirigido por The National Bank of New York, por cuenta del Gobierno Nacional, el día 3 de noviembre de 19275 04Por saldo del valor de billetes nacionales incinerados en el año de 1929285,335Por valor de primas de cambio pagadas a varias entidades bancarias, sobre letras y giros cablegráficos comprados para remesar a los Consulados de New York y Liverpool, etc., asíDe la vigencia de 192937,061 83De la vigencia de 1930155,453 96192,515 79Por intereses pagados al Guaranty Trust Company of New York, sobre sumas prestadas al Gobierno Nacional, a corto plazo, asíDe la vigencia de 192962,22 29De la vigencia de 193029,962 9192,183 20Por intereses pagados a Selígman &Co. & Central Hanover Bank of New York sobre sumas prestadas al Gobierno Nacional a corto plazo, durante la vigencia de 193090,849Por comisiones pagadas al Banco de la República por su intervención en el pago de la deuda externa (Hallgarten & Co. and Kissel, Kinnicut &Co.), en el año de 1930 así:Del empréstito de 19274,373 05Del empréstito de 19289,182 6113,555 66Total1,922,908 34

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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