º Salvo lo dispuesto expresamente en la Constitución, la ley a iniciativa del Gobierno, señalará los servicios públicos a cargo de la Nación, los Departamentos y los Municipios, teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y costo de los mismos.
Decreto 1092 de 1968 →Vigente
Artículo 4
Salvo Lo Dispuesto Expresamente En La Constitución, La Ley A Iniciativa Del Gobierno, Señalará Los Servicios Públicos A Cargo De La Nación, Los Departamentos Y Los Municipios, Teniendo En Cuenta La Naturaleza, Importancia Y Costo De Los Mismos
Decreto 1092 de 1968 · por el cual se ordena la publicación del proyecto de Acto Legislativo “por el cual se reforma la Constitución Nacional”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.