El servidor público que reciba una orden de embargo sobre loi¡ recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación, incluidas las transferencias que hace la Nación a las entidades territoriales, está obligado a efectuar los trámites correspondientes para solicitar su desembargo.
Para este efecto, la certificación de lnembargabilidad donde se encuentren Incorporados los recursos objeto de la medida cautelar, se solicitará al jefe del órgano de la sección presupuesta! o a quien este delegue. La solicitud debe indicar el tipo de proceso, las partes involucradas. el despacho judicial que profirió las medidas cautelares y el origen de los recursos que fueron embargados.
En los mismos términos, el Representante Legal de las entidades descentralizadas que administran recursos de la seguridad social certificará la inembargabilidad de estos recursos en los términos previstos en el articulo 63 de la Constitución Política en concordancia con el artículo 134 de la Ley 100 de 1993 y el articulo 25 de la Ley 1751 de 2015.