ARTICULO 17 . Las Unidades de Fiscalía tienen competencia nacional. Funcionan bajo la jefatura directa de la Dirección a la cual están adscritas administrativamente en ellas habrá un Fiscal que actúe como Jefe de Unidad y una secretaría común. El número de Fiscales, personal de secretaría de cada Unidad y sedes de operación serán determinados por el Director respectivo en los términos de la delegación.
Decreto 2699 de 1991 →Vigente
Artículo 17
Decreto 2699 de 1991 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.