La segunda instancia se regirá por el siguiente trámite:
El reparto del negocio se hará a más tardar dentro del segundo día a su llegada al Consejo. El mismo día, o al siguiente, el sustanciador dispondrá en un solo auto que se fije en lista el negocio por tres días, vencidos los cuales quedará en la Secretaría por otros tres para que las partes presenten sus alegatos por escrito. Vuelto al despacho, se ordenará dar traslado al Ministerio Público por cinco dias.
Al vencimiento de este término, el sustanciador está en el deber de reclamar el expediente y dictar auto de citación para sentencia.