Micelio

Artículo 30

El Avalúo Catastral Y El Valor Que En El Corresponde Al Terreno Se Determinarán Según Las Normas Técnicas Del Instituto Geográfico "agustín Codazzi" (Igac), Considerando El Valor Potencial De Los Suelos (Capacidad Productiva Y Sus Condiciones Es De Explotación

Decreto 142 de 1974 · Por el cual se reglamentan las normas sobre renta presuntiva contenidas en la Ley 135 de 1961, tal como fue adicionada por la Ley 4ª de 1973

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El avalúo catastral y el valor que en el corresponde al terreno se determinarán según las normas técnicas del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" (IGAC), considerando el valor potencial de los suelos (capacidad productiva y sus condiciones es de explotación.

Parágrafo

Se considera "condiciones de explotación" de un predio, entre otras, las siguientes

a)

Vías internas

b)

Aguas (tipos de riego, acceso a aguas corrientes permanentes pozos profundos etc).

c)

Continuidad (topografía, pedregosidad)

d)

Características de mercadeo de la zona en relación con el predio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 142 de 1974