MINISTERIO DÉ RELACIONES EXTERIORES DEPARTAMENTO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 28. Gastos varios. Artículo 185 A. Para atender á las erogaciones qué se causen en virtud de las autorizaciones conferidas al Poder Ejecutivo por la Ley 27 de 1.° de Octubre de 1909 $ 113,00 Total $ 113,00 Artículo 2.° La Tesorería General de la República describirá en su cuenta, sobre la que al Gobierno debe enviar la Legación colombiana en Italia, todas las operaciones á que dan lugar los pagos efectuados á virtud del laudo de la Comisión mixta, inclusive el de los honorarios al Arbitro de Colombia, así como las correspondientes á las sumas recibidas por principal é intereses, para atender á tales gastos, del Banco Hambro de Londres y de la Real Legación de Bogotá.
En consecuencia, el Cónsul General en Londres considerará como remesa -de la Tesorería General la suma de £ 5,657, que recibió como saldo á favor de Colombia, y como remesa á la misma oficina el pago de los 20,000 francos al Arbitro de Colombia.