Las Funciones Y Requisitos De Los Cargos De La Corte Constitucional Se Establecerán De La Siguiente Manera: A) Para Los Magistrados De La Corte Constitucional Los Señalados En La Constitución Política; B) Para Los Demás Cargos Lo Que Fije La Ley Vigente A La Fecha De Expedición Del Presente Decreto, El Consejo Superior De La Judicatura O En Su Defecto El Consejo Superior De La Administración De Justicia Y El Reglamento Interno De La Corporación
Decreto 2275 de 1991 · por el cual se establece la planta de personal de la Corte Constitucional y se dictan otras disposiciones.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
ARTICULO 3° Las funciones y requisitos de los cargos de la Corte Constitucional se establecerán de la siguiente manera
a)
Para los Magistrados de la Corte Constitucional los señalados en la Constitución Política;
b)
Para los demás cargos lo que fije la ley vigente a la fecha de expedición del presente decreto, el Consejo Superior de la Judicatura o en su defecto el Consejo Superior de la Administración de Justicia y el Reglamento interno de la Corporación. TITULO TERCERO. Del régimen salarial.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.