Articulo segundo . Este gasto se atenderá con los recursos previstas en el artículo 3.none del Decreto legislativo número 0008 de 29 de enero de 1958, destinados a la financiación del Banco Popular proveniente de operaciones con el Banco de la República.
Decreto 11 de 1958 →Vigente
Artículo 2
None Del Decreto Legislativo Número 0008 De 29 De Enero De 1958, Destinados A La Financiación Del Banco Popular Proveniente De Operaciones Con El Banco De La República
Decreto 11 de 1958 · Por el cual se destina una partida para el Servicio de Asistencial Social y se provee su financiación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.