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Artículo 20

Son Funciones De La División Banco De La República: A) Revisar Los Documentos Contables, Informes Y Anexos Que Presenten El Registro De Cambios Y La Casa De La Moneda

Decreto 3263 de 1963 · Por el cual se reestructura la Superintendencia Bancaria, se asignan funciones y se señala su planta de personal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División Banco de la República

a)

Revisar los documentos contables, informes y anexos que presenten el Registro de Cambios y la Casa de la Moneda.

b)

Proyectar las actas de conclusiones, resoluciones, oficios y demás providencias a que haya lugar, relativas a las visitas que en desarrollo de su labor de inspección practique la Superintendencia Bancaria.

c)

Supervigilar la aplicación de la ley en lo relativo a normas técnicas y calidades de la emisión de moneda.

d)

Proyectar las resoluciones de sanción por la infracción a las normas legales vigentes, o por incumplimiento a las órdenes y observaciones formuladas por la Superintendencia Bancaria, que resultaren de visitas practicadas.

e)

Informar al Superintendente Bancario sobre las visitas practicadas y los resultados obtenidos.

f)

Las demás que le asigne el Superintendente Bancario. División de Almacenes Generales de Depósito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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