Ipc Pensional - Ipcp - El Ipcp A Una Determinada Fecha F, Que Se Denominará Ipcp F , Se Calculará Así: A) Si La Fecha Es Anterior Al 1º De Agosto De 1954, Ipcp F Vale 1,000000 B) Si F Es El Último Día De Algún Mes, Donde M Va Desde Agosto De 1954 Hasta El Mes Cuyo Final Es F
Decreto 1748 de 1995 · Por el cual se dictan normas para la emisión, cálculo, redención y demás condiciones de los bonos pensionales y se reglamentan los Decretos Leyes 656, 1299 y 1314 de 1994 y los artículos 115, siguientes y concordantes de la Ley 100 de 1993
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. IPC PENSIONAL - IPCP - El IPCP a una determinada fecha f, que se denominará IPCP f , se calculará así
a)
Si la fecha es anterior al 1º de agosto de 1954, IPCP f vale 1,000000
b)
Si f es el último día de algún mes, donde m va desde agosto de 1954 hasta el mes cuyo final es f.
c)
IPC Pensional.-IPCP- Los IPCP se calcularán con siete cifras significativas.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.