Micelio

Artículo 1

Fíjase La Proporción En Que Debe Distribuirse El Impuesto De Industria Y Comercio A La Capacidad Instalada En Las Unidades Iv Y V De La Central Termoeléctrica Termozipa, Entre Los Municipios Afectados Por Esta Obra, Así: Central Termoeléctrica Termozipa: Municipio Afectado Factor Proporción Equivalente En Kilovatios Unidad Iv Tocancipá 100% 66

Decreto 1903 de 1989 · Por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse entre los municipios afectados el Impuesto de Industria y Comercio que corresponde pagar a las Unidades IV y V de la Central Termoeléctrica Termozipa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Fíjase la proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y Comercio a la capacidad instalada en las Unidades IV y V de la Central Termoeléctrica Termozipa, entre los municipios afectados por esta obra, así: Central Termoeléctrica Termozipa: Municipio Afectado Factor Proporción Equivalente en Kilovatios Unidad IV Tocancipá 100% 66.000 Unidad V Tocancipá 100% 66.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1903 de 1989