El concepto de la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores versar principalmente sobre los siguientes asuntos:
Negociaciones diplomáticas y celebración de tratados públicos;
Programas de las Conferencias Internacionales e instrucciones que deban darse a los representantes del país en tales Conferencias;
Proyectos de ley sobre las materias relacionadas con el Ramo de Relaciones Exteriores;
Limites terrestres y marítimos, espacio aéreo, mar territorial y zona contigua y plataforma continental, y e) Declaratoria de guerra, medidas para la seguridad exterior de la República y Tratados de Paz.
La Comisión Asesora actuar como Comisión permanente para la Codificación del Derecho Internacional, y, as¡ mismo, preparar proyectos de ley sobre materias internacionales y servicio exterior, a solicitud del Gobierno.
Para el estudio y consideración de los puntos a que se refieren los ordinales d) y e) de este artículo la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores deber oír al Ministro de la Defensa Nacional o a otro miembro de las Fuerzas Armadas en servicio activo que éste designe.