º . Redistribución anual de recursos no asignados. Si a 1º de noviembre de cada año existen recursos que no hayan sido asignados, éstos se distribuirán en una asignación por bolsa nacional, en la cual compiten la totalidad de postulaciones que se hayan realizado en el país.
Decreto 568 de 2000 →Vigente
Artículo 6
Decreto 568 de 2000 · Por el cual se reglamenta parcialmente las Leyes 3ª de 1991, 508 de 1999 y 546 de 1999, en relación con la metodología de distribución regional de recursos nacionales del Subsidio Familiar de Vivienda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.