º Esta destinación es temporal y se limita un término de diez años que se cuentan desde el día 1º de enero de 1949, siendo de cargo del colegio la conservación y mejoras del inmueble. A la expiración de este término, las edificaciones deberán ser devueltas a la Nación, con todas las mejoras y adaptaciones que se les hayan introducido, sin costo alguno para ésta.
Decreto 3742 de 1948 →Vigente
Artículo 2
Esta Destinación Es Temporal Y Se Limita Un Término De Diez Años Que Se Cuentan Desde El Día 1º De Enero De 1949, Siendo De Cargo Del Colegio La Conservación Y Mejoras Del Inmueble
Decreto 3742 de 1948 · por el cual se destina un globo de terreno de propiedad nacional para servicio de un colegio regentado por religiosos y auspiciado por el señor Vicario de La Goajira.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.