Micelio

Artículo 3

Los Proyectos Sobre Educación, Capacitación, Entrenamiento E Investigación Científica Y Técnica Relacionados Con La Oceanografía Y Sus Distintas Disciplinas, Para Ser Presentados Por Cualquier Entidad De Los Sectores Público Y Privado A Las Entidades Financiadoras Nacionales, Establecidas Por El Gobierno Para Tal Fin, O A Los Organismos Internacionales Para Buscar Su Apoyo Financiero, Deberán Llevar El Visto Bueno De La Comisión Colombiana De Oceanografía

Decreto 413 de 1981 · por medio del cual se modifica el Decreto número 763 del 14 de mayo de 1969.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los proyectos sobre educación, capacitación, entrenamiento e investigación científica y técnica relacionados con la Oceanografía y sus distintas disciplinas, para ser presentados por cualquier entidad de los sectores público y privado a las entidades financiadoras nacionales, establecidas por el Gobierno para tal fin, o a los organismos internacionales para buscar su apoyo financiero, deberán llevar el visto bueno de la Comisión Colombiana de Oceanografía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 413 de 1981