Micelio

Artículo 50

El Ministerio De La Economía Nacional Podrá Imponer Multas Hasta De Quinientos Pesos ($500

Decreto 1382 de 1940 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre aprovechamiento, distribución y conservación de aguas nacionales de uso público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de la Economía Nacional podrá imponer multas hasta de quinientos pesos ($500.oo) cuando no se construyan, por parte de los interesados, las obras de regularización y control que sean necesarias para la eficaz distribución de las aguas nacionales entre los distintos predios siempre que ellas hayan sido ordenadas por medio de Resolución Ejecutiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1382 de 1940