Los trabajos se ejecutaran por administración, organizada por el Gobernador del Cauca, y la dirección técnica estará a cargo de un Ingeniero del camino de Santa Rosa devengara un sueldo de ochenta pesos ($80) mensuales.
Ley 46 de 1911 →Vigente
Artículo 2
Ley 46 de 1911 · Por la cual se ordena construir un camino al Caquetá
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.