Micelio

Artículo 2

Ley 160 de 1941 · Por la cual se confieren unas autorizaciones al Órgano Ejecutivo, relativas a la organización de la IX Conferencia Panamericana

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

000.000.00), todas las facilidades de financiación para la Beneficencia de Cundinamarca, con el objeto de que ésta construya, en terrenos de su propiedad y por cuenta propia, un hotel que sirva para el alojamiento de las Delegaciones de la Conferencia.

Parágrafo

Si la Beneficencia de Cundinamarca no pudiere, por cualquier causa, en un término prudencial fijado por el Gobierno, encargarse de construir el hotel de que trata este artículo, el Gobierno queda facultado para hacer las construcciones que exija el alojamiento de los miembros de la IX Conferencia Internacional Americana. Y con este objeto se autoriza al Organo Ejecutivo para abrir créditos adicionales en el Presupuesto de gastos correspondiente a la vigencia de 1942 hasta por la suma de un millón de pesos ($ 1.000.000.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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