º. Créase el Instituto Nacional de Puericultura, dependiente del Ministerio de Higiene, el cual tendrá como funciones primordiales la de especialización y adiestramiento de personal que trabaje en organizaciones de higiene maternoinfantil.
Decreto 2378 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Créase El Instituto Nacional De Puericultura, Dependiente Del Ministerio De Higiene, El Cual Tendrá Como Funciones Primordiales La De Especialización Y Adiestramiento De Personal Que Trabaje En Organizaciones De Higiene Maternoinfantil
Decreto 2378 de 1947 · Por el cual se crea el Instituto Nacional de Puericultura, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.