°. Aprobación del programa de enajenación . Apruébase el Programa de Enajenación de dos millones ciento catorce mil ochocientas cuarenta y siete (2.114.847) acciones ordinarias en el capital de la Compañía Central de Seguros de Vida S. A., de propiedad del Banco Central Hipotecario S. A. en Liquidación y de la Central de Inversiones S. A. - CISA, que representan el cinco punto siete cuatro nueve nueve nueve dos por ciento (5.749992%) del total de sus acciones en circulación, contenido en el presente decreto.
Los porcentajes de participación y el número de acciones correspondientes del Banco Central Hipotecario S. A. en Liquidación y de la Central de Inversiones S. A., CISA, son cuatro punto cuatro nueve seis cinco nueve tres por ciento (4.496593%) equivalente a un millón seiscientas cincuenta y tres mil ochocientas cuarenta y siete (1.653.847) acciones, y uno punto dos cinco tres tres nueve nueve por ciento (1.253399%) equivalente a cuatrocientas sesenta y un mil (461.000) acciones, respectivamente.
Se excluyen del Programa de Enajenación, los derechos que la Compañía Central de Seguros de Vida S. A. posea sobre fundaciones, obras de arte y en general bienes relacionados con el patrimonio histórico y cultural. Tales bienes y derechos serán transferidos a favor de la Nación o de la entidad pública de carácter nacional que el Gobierno determine.