º . Cánones de arrendamiento . Con el fin de contribuir al desarrollo del régimen, el Ministerio de Comercio Exterior promoverá que los cánones que se apliquen a los Usuarios Industriales y Comerciales de las Zonas Francas obedezcan a criterios generales de mercado y no contravengan las disposiciones sobre promoción de la competencia que supervisa la Superintendencia de Industria y Comercio. Los Usuarios Operadores de las Zonas Francas deberán informar al Ministerio de Comercio Exterior los cánones de arrendamiento y los criterios de determinación de los mismos que aplicarán con carácter general a sus usuarios, dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigencia de este decreto y cada vez que los mismos se modifiquen.
Decreto 918 de 2001 →Vigente
Artículo 4
Decreto 918 de 2001 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de Zonas Francas Industriales de Bienes y Servicios y se dictan otras disposiciones´.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.