Los Jefes, Oficiales é individuos de tropa que fueren separados del servicio activo por causa criminal, gozarán de la tercera parte del sueldo, los primeros, y de la ración diaria, los últimos, durante el juicio; mas si tuvieren pensión no se les abonará suma alguna por sueldo.
Decreto 153 de 1897 →Vigente
Artículo 69
Los Jefes, Oficiales É Individuos De Tropa Que Fueren Separados Del Servicio Activo Por Causa Criminal, Gozarán De La Tercera Parte Del Sueldo, Los Primeros, Y De La Ración Diaria, Los Últimos, Durante El Juicio; Mas Si Tuvieren Pensión No Se Les Abonará Suma Alguna Por Sueldo
Decreto 153 de 1897 · Orgánico de la Contabilidad militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.