Decreto 2745 de 1949 · Por el cual se autoriza la publicación de una Revista en la Imprenta Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno, se llevará a cabo la publicación de la Revista de Medicina Legal de Colombia, bajo la dirección del Instituto de Medicina Legal.
Parágrafo
El papel y cartulina necesarios lo suministrará el Instituto de Medicina Legal, así como los originales correspondientes, y a cargo de ésta estará la corrección de pruebas. Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.