Micelio

Artículo 1

Decreto 1710 de 1953 · Por el cual se distribuye el saldo de la partida global apropiada para Centros de Higiene y Campañas Sanitarias

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Auxiliase por una sola vez al Municipio de Neiva, con la suma de treinta mil quinientos cuarenta pesos ($ 30.540.00) que se destinará exclusivamente para pagar los sueldos y gastos de sostenimiento de la Dirección Municipal de Higiene, durante el primer semestres del presente año, por no hallarse este Municipio en condiciones fiscales que le permitan dar cumplimiento al Decreto número 2273 de 1952.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1710 de 1953