Los Aportes En Especie Efectuados Al Constituirse Una Sociedad Que Deba Obtener Permiso De Funcionamiento De La Superintendencia De Sociedades Pueden Ser De Cuerpo Cierto O Determinado Por El Género Y Cantidad De Las Cosas, Previo Avalúo Comercial Unánimemente Aprobado Por Los Interesados Constituidos En Junta Preliminar, El Cual Debidamente Fundamentado Será Sometido A La Aprobación De Esta Entidad, Adjuntando Los Siguientes Documentos: A) Solicitud Acompañada De Una Copia Auténtica Del Acta Correspondiente A La Reunión, En Donde Conste La Aprobación Del Mencionado Avalúo, Con Indicación Del Valor Asignado A Cada Bien; B) El Soporte O Fundamento Técnico Del Avalúo;
Decreto 1380 de 1990 · por el cual se reglamentan los artículos 126 y 132 del Código de Comercio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° Los aportes en especie efectuados al constituirse una sociedad que deba obtener permiso de funcionamiento de la Superintendencia de Sociedades pueden ser de cuerpo cierto o determinado por el género y cantidad de las cosas, previo avalúo comercial unánimemente aprobado por los interesados constituidos en Junta Preliminar, el cual debidamente fundamentado será sometido a la aprobación de esta entidad, adjuntando los siguientes documentos
a)
Solicitud acompañada de una copia auténtica del acta correspondiente a la reunión, en donde conste la aprobación del mencionado avalúo, con indicación del valor asignado a cada bien;
b)
El soporte o fundamento técnico del avalúo;
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.