° Prorrogar por seis meses más, contados a partir del 13 de julio de 1991, el plazo de que trata el artículo 95 del Decreto 1524 del 12 de julio de 1990, por el cual se reglamentó parcialmente la Ley 09 de 1979, Título VI y XI en lo referente a fabricación, envase o empaque, almacenamiento y expendio de los productos naturales con usos terapéuticos tradicionales, empíricos y las preparaciones farmacéuticas a base de los mismos.
Decreto 1705 de 1991 →Vigente
Artículo 1
Prorrogar Por Seis Meses Más, Contados A Partir Del 13 De Julio De 1991, El Plazo De Que Trata El Artículo 95 Del Decreto 1524 Del 12 De Julio De 1990, Por El Cual Se Reglamentó Parcialmente La Ley 09 De 1979, Título Vi Y Xi En Lo Referente A Fabricación, Envase O Empaque, Almacenamiento Y Expendio De Los Productos Naturales Con Usos Terapéuticos Tradicionales, Empíricos Y Las Preparaciones Farmacéuticas A Base De Los Mismos
Decreto 1705 de 1991 · por el cual se prorroga un plazo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.