Micelio

Artículo 46

Ley 916 de 2004 · por la cual se establece el Reglamento Nacional Taurino.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De las reses destinadas a la lidia se harán por los espadas, apoderados o banderilleros, uno por cuadrilla, tantos lotes (número de reses que le corresponden a cada matador), lo más equitativo posibles, como espadas deban tomar parte en la lidia, decidiéndose posteriormente mediante sorteo, el lote que corresponde lidiar a cada espada. En el sorteo, que será público, deberá estar presente el presidente del festejo o en su defecto el inspector de plaza y el empresario o su representante.

Realizado el sorteo, se procederá al apartado y enchiqueramiento de las reses, según el orden de salida al ruedo determinado en el sorteo.

Una vez finalizado el enchiqueramiento podrá permanecer en calidad de vigilante el mayoral, un representante de la empresa y si fuese necesario una autoridad policiva.

Una vez realizado el sorteo, si la empresa lo autoriza, previa conformidad del inspector de la plaza se permitirá el ingreso del público a los corrales. El público asistente no podrá por sonidos o gestos llamar la atención de las reses, quedando advertido de que, en su caso, se procederá a su expulsión inmediata por la infracción cometida que será sancionada, sin perjuicio de que por parte de la empresa pueda exigirse la responsabilidad en que pudiera haber incurrido aquel con su imprudencia y ocasionare algún daño a las reses.

La empresa estará obligada a cancelar los honorarios de los actuantes una vez se establezca el cumplimiento del compromiso contractual.

Todas las reses que se lidien en plazas de primera y segunda categoría llevarán las divisas identificativas de la ganadería, que tendrá las siguientes medidas: serán de doble arpón de 80 milímetros de largo, de los que 30 milímetros serán destinados al arpón que tendrá una anchura máxima de 16 milímetros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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