° De acuerdo con lo establecido en el artículo 3° del Decreto número 195 de 1909, cada Provincia constituirá un Distrito Militar, a cuyo Comandante corresponderán las funciones que más adelante se señalan.
Decreto 127 de 1910 →Vigente
Artículo 2
De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 3° Del Decreto Número 195 De 1909, Cada Provincia Constituirá Un Distrito Militar, A Cuyo Comandante Corresponderán Las Funciones Que Más Adelante Se Señalan
Decreto 127 de 1910 · Por el cual se organiza el servicio territorial militar en virtud de lo dispuesto en el artículo 8o de la Ley 22 de 1909
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.