Micelio

Artículo 7

Información Adicional Para Fines Específicos

Decreto 3402 de 2007 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 31 de la Ley 962 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Información adicional para fines específicos. Siempre que las entidades del orden nacional requieran información oficial básica de naturaleza diferente a la que se reporta a través del FUT, deberán hacer la solicitud ante el Ministerio del Interior y de Justicia quien convocará al Comité Técnico para que este evalúe la pertinencia y acuerde con la Contaduría General de la Nación la parametrización de la información que se requiera a través del CHIP y la forma de capturarla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3402 de 2007