° De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 111 del Decreto 2666/84, la Asociación de Criadores de Caballos y Fomento Equino “Asocanorte”, responderá ante la Nación, por los derechos de importación de los caballos que sean sustraídos en la Zona Franca Aduanera transitoria o perdidos en ella.
Decreto 2518 de 1990 →Vigente
Artículo 4
De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 111 Del Decreto 2666/84, La Asociación De Criadores De Caballos Y Fomento Equino “asocanorte”, Responderá Ante La Nación, Por Los Derechos De Importación De Los Caballos Que Sean Sustraídos En La Zona Franca Aduanera Transitoria O Perdidos En Ella
Decreto 2518 de 1990 · por el cual se autoriza el funcionamiento de una Zona Franca Transitoria en el recinto de la Corporación de Ferias y Exposiciones de la ciudad de Cúcuta.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.