Esta Ley regirá desde su sanción.
Ley 39 de 1931 →Vigente
Artículo 2
Ley 39 de 1931 · "POR LA CUAL SE LEGALIZAN LOS CREDITOS SUPLEMENTALES ABIERTOS POR DECRETOS NUMEROS 810, 856 Y 953 DEL AÑO DE 1930"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.