Micelio

Artículo 13

Decreto 1627 de 1950 · por el cual se determinan los cargos, las funciones y las asignaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo décimotercero. Corresponde a la Sección de Contabilidad y Presupuesto

a)

Llevar en debido orden y al día los libros de contabilidad necesarios para el registro del movimiento presupuestal del Ministerio, de acuerdo con las normas prescritas por la Contraloría General de la República.

b)

Solicitar de la Contraloría General de la República la constitución de las reservas globales y certificados necesarios para atender al pago de los pedidos que sean formulados al Departamento Nacional de Provisiones, y al del valor de los contratos que celebró el Ministerio, previa revisión de estos.

c)

Producir las relaciones de autorización y las órdenes de pago definitivas y de anticipo que debe girar el Ministerio, y remitirlas en la debida oportunidad a la Contraloría General de la República, para su refrendación, una vez firmadas por el funcionario correspondiente.

d)

Efectuar quincenalmente el pago de los sueldos del personal del Ministerio, mediante la formación previa de las respectivas nóminas, y el de los demás gastos que ordenen los funcionarios correspondientes del Ministerio, llenando las formalidades legales y reglamentarias en cada caso.

e)

Abrir y llevar un libro especial de registro de todas las cuentas de cobro que sean presentadas para su pago, y anotar en él, separadamente, las que deban ser pagadas por la Pagaduría, y las que han de ser cubiertas por medio de órdenes de pago definitivas.

f)

Formar las cuentas mensuales de la Pagaduría, y rendirlas a la Contraloría General de la República dentro de los términos fijados por ésta.

g)

Suministrar semanalmente al Director del Departamento administrativo del Ministerio, para que éste la comunique al Ministro, una información pormenorizada de los saldos de acuerdo mensual, de reservas y de apropiaciones anuales que aparezcan registrados en los libros de contabilidad, en cada uno de los artículos del presupuesto.

h)

Enviar mensualmente a la Sección correspondiente de la Caja Nacional de Previsión las relaciones de los descuentos hechos de los sueldos del personal del Ministerio en Bogotá y de los del servicio diplomático y consular en el Exterior, y consignar oportunamente en la Tesorería de la Institución, el valor de los descuentos efectuados.

i)

Llevar en kárdex separado el registro de los pagos mensuales que se hagan al personal, del Ministerio, y de los giros que se efectúen para el pago de los ramos Diplomático y Consular en el exterior.

j)

Llenar las funciones que le asignen el Ministerio de Hacienda y la Contraloría General de la República, por medio de decretos, resoluciones o circulares.

k)

Atender en oportunidad y debidamente al cumplimiento de las demás funciones relacionadas con el ramo, que lo encomienden el Ministro, el Secretarlo General, y el Director del Departamento Administrativo. 1) Ordenar el archivo de la Sección. El Jefe Pagador deberá asegurar su manejo mediante fianza que prestará por la cuantía que le fije la Contraloría General de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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