Micelio

Artículo 10

Subgerencia De Estructuración Y Adjudicación

Decreto 1800 de 2003 · por el cual se crea el Instituto Nacional de Concesiones, Inco, y se determina su estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subgerencia de estructuración y adjudicación. Son funciones de la Subgerencia de Estructuración y Adjudicación las siguientes: 10.1 Estructurar técnica, financiera y legalmente los proyectos de concesión y de vinculación de capital privado para el desarrollo de la infraestructura a su cargo. 10.2 Analizar, evaluar, valorar y presentar para aprobación ante la Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las garantías de los proyectos a desarrollar por parte del Instituto. 10.3 Definir los requerimientos de adquisición predial, manejo ambiental y social de los proyectos a estructurar. 10.4 Coordinar ante las entidades competentes la obtención de licencias y permisos requeridos, cuando así se establezca en los respectivos contratos. 10.5 Identificar y proponer, como resultado del análisis de viabilidad financiera, legal y técnica de los proyectos, las modificaciones requeridas a los mismos, asegurando el cumplimiento de los lineamientos y políticas de vinculación del capital privado emitidos por las entidades encargadas de la planeación del sector transporte. 10.6 Elaborar los términos de referencia, supervisar la contratación, los trabajos y proyectos de asesoría externa relacionados con la estructuración técnica, legal y financiera de los proyectos a desarrollar por parte del Instituto. 10.7 Realizar investigaciones sobre las condiciones de los mercados relacionados con la inversión en infraestructura de transporte, tanto a nivel nacional como internacional, niveles de inversión, esquemas de financiación para proyectos de infraestructura y demás que estime necesarios. 10.8 Presentar los estudios definitivos de las estructuraciones técnicas, legales y financieras desarrollados, para su aprobación por parte de la Gerencia y del Consejo Directivo. 10.9 Promocionar los proyectos estructurados aprobados entre los potenciales inversionistas. 10.10 Adelantar los procesos de selección, su legalización y supervisar el perfeccionamiento de los contratos relacionados con el objeto del Instituto. 10.11 Elaborar los términos de referencia y supervisar el proceso de contratación de las interventorías. 10.12. Las demás que le sean asignadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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