° El valor de la pensión para los jóvenes que hagan estudios en planteles de educación de Cartagena, será de $ 25 mensuales cada una, por doce meses; y la de señoritas del Colegio de la Sagrada Familia, será de $ 20 mensuales cada una, en diez meses.
Decreto 402 de 1931 →Vigente
Artículo 2
El Valor De La Pensión Para Los Jóvenes Que Hagan Estudios En Planteles De Educación De Cartagena, Será De $ 25 Mensuales Cada Una, Por Doce Meses; Y La De Señoritas Del Colegio De La Sagrada Familia, Será De $ 20 Mensuales Cada Una, En Diez Meses
Decreto 402 de 1931 · POR EL CUAL SE DESIGNAN PROVISIONALMENTE LOS PLANTELES DE EDUCACION EN DONDE DEBEN HACER SUS ESTUDIOS LOS BECADOS NACIONALES DE LAS ISLAS DE SAN ANDRES Y PROVIDENCIA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.